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La Asamblea Nacional de Panamá, El Tribunal Rlectoral y la Fiscalía General Electoral, decidieron en la mesa técnica, mantener la fórmula de paridad de género con el objetivo de avanzar en este tema.

Durante la reunión también se lograron consensos en otros ochos puntos: en primer debate habían modificado el artículo 146 del proyecto de ley 544, que adiciona una sección en materia de paridad de género, se suprimen los artículos 308-J, 308-K, 308-L, 308-M y 308-N, que contribuyen a garantizar, en los procesos electorales, la participación de la mujer en igualdad de condiciones que los hombres, por lo que la modificación que se aprobó impedía el avance propuesto en materia de equidad de género.

A pesar de que la última versión señalaba que debía exigirse que los partidos políticos postularan 50% de hombre y 50% de mujeres, se mantendrá la frase actual del artículo 303 en donde la Secretaría Femenina puede exceptuar del cumplimiento de la paridad cuando compruebe que no hay suficientes mujeres aspirando para completar las nóminas.

Buzón de Noticias