El miércoles fue publicado por la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) de Perú el Decreto Supremo que declara la inmovilización social obligatoria en el departamento de Puno, debido a la situación de conflictividad actual.
Este decreto se extiene por tres días y declara la inmovilización social obligatoria de todas las personas en sus domicilios, en el marco del Estado de Emergencia a nivel nacional, desde las 20:00 hasta las 04:00 horas.
Durante la inmovilización social obligatoria, “las personas pueden circular por las vías de uso público para la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público”, detalla la norma.
Asimismo, de la medida quedan excentos el «personal estrictamente necesario que participa en la prestación de los servicios de salud, medicinas, la continuidad de los servicios de agua, saneamiento, agricultura, pesca y acuicultura, transporte, vigilancia y seguridad, delivery, restaurantes y hoteles».
La norma está firmada por la presidenta de la República, Dina Boluarte Zegarra; el jefe del Gabinete Ministerial, Alberto Otárola; el ministro de Defensa, Jorge Chávez Cresta; el titular del Interior, Víctor Rojas Herrera; y el ministro de Justicia y Derechos Humanos, José Tello Alfaro.
Buzón de Noticias