La Corte Constitucional acaba de tomar una determinación alrededor del debate entre bienestar, salud mental y procedimientos estéticos; en momentos en los que cada vez son más visibles los casos del denominado ‘síndrome de Asia’, relacionado con padecimientos autoinmunes por cuenta de elementos ajenos en el cuerpo.
Al confirmar la decisión de un juez de Santa Marta, el alto tribunal le dio la razón a un fallo de tutela que negó las pretensiones de una mujer que buscaba que su EPS le realizará un procedimiento que, para esa entidad, tenía una finalidad estética. En su lugar, la Corte ordenó una valoración psicológica previa a cualquier intervención.
En concreto, la mujer solicitó a su EPS autorizar una cirugía reconstructiva del lóbulo de su oreja derecha, rasgado por el peso de los aretes, alegando que “le genera afectaciones psicológicas y no le permite continuar su vida normalmente”.
Si bien el caso no está relacionado con alguno de los cinco procedimientos quirúrgicos más demandados en el mundo –liderado por la liposucción y el aumento de busto, según la ISAPS–, sí tendría repercusiones: abre el debate si cualquiera que desee someterse a un procedimiento estético debe contar con una evaluación psicológica.
Buzón de Noticias